Dirección General de Investigación y Posgrado

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA CHAPINGO
DIRECCIÓN GENERAL DE INVESTIGACIÓN,  POSGRADO Y SERVICIO

La Universidad Autónoma Chapingo (UACh), a través de la Dirección General de Investigación, Posgrado y Servicio (DGIPS), con fundamento en el Artículo 3°, fracciones II, IV, VI y VII de la Ley que Crea la Universidad Autónoma Chapingo, y Artículo 3°, fracciones II, IV, VI y VII del Estatuto de la Universidad Autónoma Chapingo, convoca a todas las Profesoras y Profesores Investigadores de Tiempo Completo, de base o con contrato por tiempo indeterminado de la UACh, a presentar solicitud para apoyo económico para la publicación de resultados de proyectos de investigación en el formato de artículos científicos durante el año 2026, para lo cual emite la siguiente:

CONVOCATORIA

 

Apoyo para la Publicación de Artículos Científicos 2026

Esta iniciativa surge del reconocimiento de la importancia de difundir el conocimiento generado por las Profesoras y los Profesores Investigadores de la Universidad Autónoma Chapingo a través de la publicación de artículos científicos en revistas nacionales e internacionales de alto prestigio y calidad reconocida. Fomentar la publicación en revistas con estas características no solo aumenta la visibilidad de los resultados de investigación de la UACh, sino que también refuerza su posicionamiento como institución líder en la generación de conocimiento científico y tecnológico para el beneficio de la sociedad. Las solicitudes de apoyo presentadas en el marco de esta convocatoria deberán cumplir con las siguientes:

BASES

I. REQUISITOS

I.1. Artículos científicos. Los artículos deberán haber sido aceptados para su publicación:

I.1.1. en el periodo comprendido entre el 01 de enero de 2026 al 04 de noviembre de 2026;

I.1.2. por una revista que se encuentre en alguno de los siguientes índices y en su caso, cuartiles: Journal Citation Reports (JCR), cuartiles Q1 a Q4; Scopus, cuartiles Q1 y Q2, y Sistema de Clasificación de Revistas Mexicanas de Ciencia y Tecnología (CRMCYT), de la Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación (SECIHTI), vigente en la fecha en la que se sometió el artículo para su revisión (Cuadro 1).

I.2. Solicitante. El solicitante deberá cumplir con los siguientes requisitos:

I.2.1. ser Profesora o Profesor Investigador de tiempo completo, de base o con contrato por tiempo indeterminado de la UACh;

I.2.2. ser autor de correspondencia, primer autor, o primer coautor; considerándose en ese orden su protagonismo;

I.2.3. no encontrarse con permiso sin goce de sueldo en el momento de ingresar la solicitud;

I.2.4. dar créditos a la UACh en el artículo como su institución de adscripción.

I.3. Solicitud. La solicitud de apoyo deberá registrarse en el Sistema de Gestión para Proyectos de Investigación (SGPI) acompañada de los siguientes documentos (tamaño no mayor a 2 MB cada uno):

I.3.1. documento que acredite la aceptación de publicación del artículo emitida por la revista, las pruebas de galera o el artículo publicado. El documento debe señalar explícitamente el rol de protagonismo de la Profesora o Profesor Investigador solicitante y el identificador Digital Object Identifier (doi) del artículo, si la revista cuenta con ello;

I.3.2. factura en formato PDF y archivo XML o “invoice”, ya sea por concepto de pago por traducción o por publicación del artículo (no son válidas las facturas que engloben ambos conceptos), que cumpla con todos los requisitos fiscales señalados en el numeral II.10 de la presente convocatoria;

I.3.3. documento probatorio de que la revista cumple con lo especificado en el numeral I.1.2 de la presente convocatoria.

II. CARACTERÍSTICAS DEL APOYO

II.1. Solo se otorgará uno de los dos siguientes apoyos económicos por artículo: traducción o costo por publicación.

II.2. El apoyo económico se otorgará solamente a una Profesora o Profesor Investigador de la UACh por cada artículo científico, teniendo preferencia el autor de correspondencia, seguido por el primer autor y en último lugar el primer coautor.

II.3. Se apoyará económicamente la publicación de hasta dos artículos en una misma revista por Profesora o Profesor Investigador.

II.4. El número máximo de apoyos para publicación de artículos en la editorial MDPI será de dos por Profesora o Profesor Investigador.

II.5. El apoyo económico es por recuperación de pago realizado por la Profesora o el Profesor Investigador solicitante.

II.6. La traducción deberá haber sido realizada por un(a) traductor(a) experto(a) nacional autorizado(a) fiscalmente para el servicio de traducción de documentos; quedan excluidos los servicios de traducción por parte de trabajadores de la UACh.

II.7. El monto del apoyo por la publicación se asignará de acuerdo con lo señalado en el Cuadro 1.

Cuadro 1. Montos máximos de apoyo para la publicación de artículos científicos

Tipo de apoyo

Monto ($)

Autor de Correspondencia o primer autor

Monto ($)

Primer coautor

Traducción11,000.006,600.00
Costo por publicación en CRMCYT-SECIHTI10,000.006,000.00
Costos por publicación en JCR (Q1 a Q4), Scopus (Q1 y Q2)40,000.0024,000.00

Nota importante: los montos de apoyo podrán variar en conformidad con actualizaciones en la clasificación de revistas científicas y tecnológicas de la SECIHTI.

II.8. Para que el apoyo económico proceda, la factura correspondiente a traducción o a costo por publicación, deberá haber sido emitida en el año fiscal 2026; cumplir con todos los requisitos fiscales establecidos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y la normatividad vigente de la UACh, incluyendo, pero no limitándose, a la correcta emisión de CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet), el desglose adecuado del Impuesto al Valor Agregado (IVA) e Impuesto Sobre la Renta (ISR), si aplica; el concepto detallado en la factura debe especificar claramente el servicio proporcionado – “traducción” o “publicación de artículo-, según corresponda. La Jefatura Administrativa de la DGIPS se reserva el derecho de solicitar la constancia de situación fiscal del proveedor del servicio; dicha constancia debe indicar que la persona física o moral está legalmente habilitada para ofrecer el servicio en cuestión, de acuerdo con las regulaciones fiscales vigentes en México.

II.9. El número de solicitudes que apoyará la DGIPS será determinado por su disponibilidad presupuestal para el efecto, dependiente del monto aprobado por el H. Consejo Universitario para el ejercicio fiscal 2026. Se considerará el recurso financiero disponible a la fecha de registro de la solicitud.

III. EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO DE LA SOLICITUD

III.1. La Subdirección General de Investigación (SGI) de la DGIPS revisará el cumplimiento de los lineamientos de la presente convocatoria; verificará la indización y el cuartil de la revista en la que se publicó el artículo. Se tomará en cuenta el cuartil de la revista asociado con la temática del artículo publicado.

III.2. El dictamen de la solicitud se notificará a la Profesora o Profesor Investigador solicitante, a través de su correo electrónico registrado en el SGPI.

III.3. En caso de aprobación del apoyo económico solicitado, será responsabilidad de la Profesora o Profesor Investigador dar seguimiento administrativo al proceso, acudiendo a la Jefatura Administrativa de la DGIPS, en concordancia con el oficio de aprobación emitido por la SGI.

III.4. Los beneficiarios de esta convocatoria tendrán las obligaciones siguientes:

III.4.1. registrar en el SGPI de la DGIPS su productividad anual, en conformidad con los mecanismos y la normatividad vigentes; 

III.4.2. cumplir en tiempo y forma todas las tareas asignadas por la DGIPS; entre ellas, pero no de manera limitativa, la evaluación de proyectos de investigación y propuestas de ponencias para presentación en eventos científicos.

 IV. CALENDARIO

Periodo de recepción de solicitudes:  A partir del 26 de enero de 2026 al 06 de noviembre de 2026.

V. ASUNTOS MISCELÁNEOS

V.1. Ética en la publicación. La DGIPS podrá revisar y, en su caso, desestimar solicitudes cuando existan indicios verificables de prácticas depredadoras, engañosas o fraudulentas por parte de la revista o editorial, tales como: simulación o ausencia de revisión por pares, opacidad o cambios no informados en las tarifas de publicación (APC), información falsa o no verificable sobre el comité editorial, métricas/indización o el alcance de la revista, entre otras conductas contrarias a la integridad editorial. Para esta valoración se considerarán, de manera no limitativa, las guías de COPE (Committee on Publication Ethics) y la lista de verificación Think. Check. Submit. como herramienta de apoyo para identificar revistas confiables y, se podrá considerar como referencia complementaria la versión vigente disponible del listado Beall’s List of Potential Predatory Journals and Publishers.

VI. RESOLUCIONES. La DGIPS conducirá y vigilará todos los procesos relacionados con la presente convocatoria y podrá modificar sin previo aviso los términos de ésta y las fechas aquí contempladas por circunstancias de fuerza mayor, para lo cual bastará con la publicación de los cambios en el sitio web de la DGIPS. Las resoluciones de la DGIPS sobre la aprobación o rechazo de las solicitudes de apoyo, y todos los aspectos relacionados con éstos y esta convocatoria, son y serán inapelables, y, en caso de situaciones conflictivas no previstas en esta convocatoria, la DGIPS las resolverá en términos de ley, usando la lógica y/o la experiencia, en ese orden, pero siempre en protección de los objetivos de la UACh y de su patrimonio.

    Chapingo, México, 19 de enero de 2026.

    Atentamente

    “Enseñar la explotación de la tierra, no la del hombre”

    Dra. Consuelo Silvia Olivia Lobato Calleros
    Directora General de Investigación, Posgrado y Servicio

    Para Mayor Información comunicarse a:

    Subdirección General de Investigación
    Tel. 595 95 2 15 00 ext. 1559, 6087
    correo-e: dgips.subdireccion@chapingo.mx