Dirección General de Investigación y Posgrado

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA CHAPINGO
DIRECCIÓN GENERAL DE INVESTIGACIÓN Y POSGRADO

La Universidad Autónoma Chapingo (UACh), a través de la Dirección General de Investigación y Posgrado (DGIP), con fundamento en el Artículo 3º, fracciones II, IV y VI de la Ley que Crea la Universidad Autónoma Chapingo; el Reglamento para la Creación y Operación Básica de Centros e Institutos de Investigación y el Plan de Desarrollo Institucional 2009-2025, convoca a los Profesores Investigadores de tiempo completo de base o con contrato por tiempo indeterminado de la UACh a presentar solicitud para incentivo económico por la publicación de artículos científicos durante el año 2024, para lo cual emite la siguiente:

C O N V O C A T O R I A

 

Incentivo Económico por la Publicación de Artículos Científicos 2024

Esta iniciativa surgió del reconocimiento de la importancia de la difusión del conocimiento generado por Profesores Investigadores de la Universidad Autónoma Chapingo, a través de la publicación de artículos científicos en revistas nacionales e internacionales de alto prestigio y calidad científica reconocida. El incentivar y apoyar la publicación de artículos científicos en revistas con las características citadas, promueve la visibilidad de los resultados de las investigaciones realizadas por Profesores Investigadores de la UACh; fortalece el reconocimiento académico de nuestra Institución y contribuye a la difusión del conocimiento científico.

Las solicitudes de apoyo que se sometan a esta Convocatoria deberán cumplir con las siguientes:

BASES

        1. Artículos. Los artículos deberán cumplir con lo siguiente:

          i. haber sido publicados en el periodo comprendido entre el 01 de agosto de 2023 y el 31 de julio de 2024, en revistas que se encuentren en alguno de los siguientes índices y en su caso, cuartiles: Journal Citation Reports (JCR), cuartiles Q1 a Q4; Scopus, cuartiles Q1 y Q2; Sistema de Clasificación de Revistas Mexicanas de Ciencia y Tecnología del Consejo Nacional de Humanidades, Ciencias y Tecnologías (CONAHCYT);

          ii. mostrar claramente el orden de autoría y las instituciones de adscripción correspondientes;

        2. Solicitante. El solicitante deberá cumplir con lo siguiente:

          i. ser profesor investigador de tiempo completo de base o con contrato por tiempo indeterminado de la UACh.;

          ii. no encontrarse con permiso sin goce de sueldo en el momento de la solicitud;

          iii. ser autor de correspondencia, primer autor o primer coautor del artículo científico;

        3. Incentivo. Sobre el incentivo:

          i. se otorgará únicamente un incentivo por cada artículo científico publicado, el cual se asignará a un solo profesor investigador de la UACh, siguiendo el orden de autoría: autor de correspondencia, primer autor, primer coautor;

          ii. el número máximo de artículos publicados en una misma revista por los que un profesor investigador podrá solicitar el incentivo por publicación es de dos;

          iii. el monto del incentivo de apoyo por la publicación de un artículo, una vez que la DGIP haya verificado el cumplimiento de los lineamientos de esta convocatoria y la disponibilidad presupuestal, será como sigue:

          Cuadro 1. Montos de incentivo por publicación de un artículo científico

          CuartilMonto del incentivo($)
          Journal Citation Reports (JCR)
          Q114,000.00
          Q212,000.00
          Q310,000.00
          Q4  8,000.00
          Scopus
          Q110,000.00
          Q2  8,000.00
          Revistas CRMCYT CONAHCYT
          Competencia Internacional  6,000.00
          Competencia Nacional  5,000.00
          En consolidación  4,000.00
          En desarrollo  3,000.00
        4. Registro. El solicitante deberá ingresar la solicitud en tiempo y forma a través del Sistema de Gestión para Proyectos de Investigación (SGPI) , acompañada del artículo publicado.
        5. Asuntos misceláneos

          i. ética en la publicación: la DGIP se reserva el derecho de revisar las prácticas poco éticas en la publicación académica, especialmente por aquellas editoriales que explotan el modelo de acceso abierto para fines de lucro, sin procurar calidad en el proceso de revisión por pares, transparencia de las tarifas de publicación, integridad de la junta editorial, y precisión en la representación del alcance y el impacto de la revista. Para lo anterior, se tomará como base la versión actualizada de “Beall’s List of Potential Predatory Journals and Publishers” disponible en https://beallslist.net/;

          ii. evaluación: la Subdirección General de Investigación de la DGIP revisará el cumplimiento de los lineamientos de la presente convocatoria; verificará la indexación y cuartil de las revistas en las que se publicaron los artículos, en los sistemas de clasificación más recientes de JCR, Scopus y SCRMCT-CONAHCYT; cuando la revista se clasifique en más de un cuartil dependiendo de su área de especialización, se considerará el cuartil asociado con el área temática del artículo publicado;

          iii. notificación del dictamen: el dictamen de la solicitud se notificará oficialmente por escrito al profesor investigador solicitante, a través de mensaje enviado a la dirección de correo electrónico registrado en el sistema SGPI;

          iv. seguimiento del trámite administrativo: en caso de resultar favorecido con el incentivo económico, es responsabilidad del profesor investigador dar el seguimiento administrativo correspondiente hasta su término;

          v. disponibilidad presupuestal: las solicitudes aprobadas recibirán el apoyo con base en los criterios de asignación presupuestal aprobados por el H. Consejo Universitario, en el orden de registro y dependiendo del monto presupuestal disponible en la fecha de registro de la solicitud.

        6. Compromisos de los beneficiarios. Los beneficiarios de esta convocatoria tendrán los compromisos siguientes:

          i.  reportar en el SGPI de la DGIP su productividad anual, en conformidad con los mecanismos y la normatividad vigentes; 

          ii. cumplir en tiempo y forma con las comisiones o actividades de apoyo que les asigne la DGIP; entre ellas, la evaluación de proyectos de investigación y ponencias.

        7. Resoluciones. La DGIP conducirá y vigilará todos los procesos relacionados con la presente convocatoria y podrá modificar sin previo aviso los términos de ésta y las fechas aquí contempladas por circunstancias de fuerza mayor, para lo cual bastará con la publicación de los cambios en la página web de la DGIP. Las resoluciones de la DGIP sobre la aceptación o rechazo de las solicitudes de incentivo a la publicación, y todos los aspectos relacionados con éstos y esta convocatoria, son y serán inapelables, y, en caso de situaciones conflictivas no previstas en esta convocatoria, la DGIP las resolverá en términos de ley, usando la lógica o la experiencia, en ese orden, pero siempre con protección de los objetivos de la UACh y de su patrimonio.
        8. Calendario. 

Periodo de recepción de solicitudes: a partir de la fecha de publicación de la presente convocatoria y hasta el 15 de noviembre de 2024.

Chapingo, México, 26 de febrero de 2024.

Atentamente

“Enseñar la explotación de la tierra, no la del hombre”

Dra. Consuelo Silvia Olivia Lobato Calleros
Directora General de Investigación y Posgrado

Para Mayor Información comunicarse a:

Subdirección General de Investigación
Tel. 595 95 2 15 00 ext. 1559, 6087
correo-e: dgip.subdireccion@chapingo.mx