Dirección General de Investigación y Posgrado

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA CHAPINGO
DIRECCIÓN GENERAL DE INVESTIGACIÓN Y POSGRADO

La Universidad Autónoma Chapingo (UACh), a través de la Dirección General de Investigación y Posgrado (DGIP), con fundamento en el Artículo 3º, fracciones II, IV, VI y VIII, de la Ley que Crea la Universidad Autónoma Chapingo, Artículo 3o, fracciones II, IV, VI y VIII del Estatuto de la Universidad Autónoma Chapingo, el Reglamento para la Creación y Operación Básica de Centros e Institutos de Investigación y el Plan de Desarrollo Institucional 2009-2025, convoca a todos los trabajadores académicos (catedráticos) de contrato indeterminado de la UACh, a concursar para obtener financiamiento para implementar proyectos de investigación en el año 2023, para lo cual emite la siguiente:

C O N V O C A T O R I A

 

Proyectos de Investigación Estratégicos de Centros e Institutos 2
(ECI2) 2023

La Dirección General de Investigación y Posgrado apoya el desarrollo de proyectos de investigación que contribuyan a la equidad social y a la disminución de las desigualdades sociales, culturales y económicas de la población de nuestro país. Asimismo, fomenta la vinculación de la UACh con los sectores público, social y privado con el objetivo de que los conocimientos y las tecnologías generadas a través del desarrollo de proyectos de investigación lleguen oportunamente e incidan de forma significativa en tales sectores, para promover el cambio social y mejorar el nivel económico y cultural de sus miembros. Lo anterior tiene su fundamento en los Artículos 10, fracciones III, IV, V, VI y VII, 11, fracciones IV, VI, VII, IX, X, XV, XVI, XVII, XVIII y XXII, y otros vigentes y aplicables de la Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación, así como en los Artículos 3º, fracciones II, III, IV, V y VI, de la Ley que Crea la Universidad Autónoma Chapingo y el mismo del Estatuto de la Universidad Autónoma Chapingo.

Los proyectos que se sometan a concurso bajo esta convocatoria deberán cumplir con las siguientes bases.

BASES

I. REQUISITOS.

  1. Proyectos.Los proyectos deberán cumplir con los siguientes requisitos:

    a) Estar enmarcados en el ámbito de al menos una línea de investigación de un Centro o Instituto de Investigación de la UACh.

    b) Abordar un problema de relevancia científica en un área del conocimiento, asociado con la innovación de tecnologías o con el desarrollo socioeconómico, educativo y cultural de la población de nuestro país, cuya pertinencia sea ampliamente justificada.

    c) El desarrollo del proyecto debe considerar la interdisciplinariedad como una estrategia para la obtención de resultados y productos significativos.

    d) En el protocolo del proyecto, cumplir con lo siguiente:

    i) plantear el problema o necesidad a atender de forma clara y concisa. Proporcionar una justificación que respalde la existencia y magnitud del problema con referencias y datos actuales;

    ii) formular objetivos que sean medibles y congruentes con la metodología, resultados y productos que se plantea obtener para la solución del problema o necesidad a atender;

    iii) plantear metas específicas, medibles, alcanzables, relevantes y con plazos específicos de entrega en concordancia con los objetivos planteados;

    iv) escribir la metodología con suficiente detalle, tal que permita determinar la rigurosidad científica del proyecto y la coherencia entre planteamiento del problema-objetivos-metodología-productos y resultados, sustentada con referencia bibliográfica actualizada;

    v) escribir el cronograma de actividades de cada participante sin colocar su nombre, usar en su lugar número de participante;

    vi) listar los productos que generará el proyecto y su relevancia en la solución del problema planteado;

    vii) justificar los recursos necesarios para la ejecución del proyecto solicitados a la DGIP;

    viii) para el caso de proyectos de continuación subir en proyectos/subir comprobantes de término del SGPI los documentos probatorios de los productos obtenidos en años anteriores, así como un informe en el que se señalen los objetivos, metas y productos alcanzados y pendientes. Adicionalmente, subir el informe también en el proyecto, sección documentos adjuntos.

    e) El contenido debe ser claro, preciso y bien organizado, utilizando subtítulos adecuados para una estructura concisa y brindando información respaldada, facilitando así una lectura y evaluación sin dificultades.

  2. Titular. El responsable o titular del proyecto deberá ser profesor investigador (catedrático) de la Universidad Autónoma Chapingo de tiempo completo con contrato por tiempo indeterminado, con una productividad promedio mínima de 50 puntos aprobada por la DGIP en el periodo de 2018 a 2021, y estar adscrito a un Centro o Instituto de Investigación de la UACh. Además, no deberá tener adeudos financieros ni de informes de proyectos anteriores ante la DGIP.
  3. Colaboradores. Los colaboradores del proyecto deberán incluir al menos a cuatro profesores de la UACh.
  4. Tesistas. El proyecto deberá incluir la formación de al menos dos estudiantes de licenciatura o posgrado.
  5. Solicitud. El responsable del proyecto deberá someter hasta un proyecto, exclusivamente a través del Sistema de Gestión para Proyectos de Investigación (SGPI) de la DGIP, atendiendo las fechas y periodos señalados en esta convocatoria.
  6. Se deben seguir los lineamientos de la DGIP para completar los formatos y elaborar el protocolo del proyecto.

II. CALENDARIO.

  1. Recepción de solicitudes a través de la plataforma SGPI: 29 de junio al 9 de julio de 2023, hasta las 23:59 h.
  2. Periodo de revisión y evaluación: 10 de julio al 17 de julio de 2023.
  3. Comunicación de resultados: 19 de julio de 2023.
  4. El periodo del ejercicio del presupuesto asignado finalizará el día 1º de diciembre de 2023.
  5. El periodo de realización del proyecto finalizará el día 1º de abril de 2024.
  6. Los productos del proyecto deberán subirse al sistema SGPI a más tardar el día 29 de abril de 2024.

III. PRODUCTOS ENTREGABLES

  1. El proyecto debe especificar los productos obtenidos, clasificándolos en elementos esenciales o incidentales para la solución del problema planteado y aquellos relacionados con la productividad científica y formación de recursos humanos. Durante la evaluación del proyecto, se dará prioridad a los productos esenciales o incidentales para la solución del problema.
  2. De manera enunciativa, pero no limitativa, los productos esenciales o incidentales para la solución del problema planteado pueden incluir patentes, desarrollos tecnológicos, derechos de obtentor, mejoras a modelos de producción, registro de variedades vegetales en el catálogo nacional del Servicio Nacional de Inspección y Certificación de Semillas, guías técnicas, manuales de manejo, etc. En cuanto a los productos relacionados con la evaluación de la productividad científica y formación de recursos humanos, se pueden mencionar artículos científicos publicados en revistas indizadas de alto impacto, dirección de tesis de estudiantes de licenciatura y posgrado, tutoría de estudiantes pertenecientes al Programa de Formación de Nuevos Investigadores, Ponencias en foros científicos, conferencias magistrales, publicación de libros y capítulos de libros por editoriales reconocidas internacionalmente con evaluación por pares, etc.

IV. EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO DE LAS PROPUESTAS DE PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN

  1. EvaluaciónLos proyectos propuestos serán evaluados mediante arbitraje por pares académicos de áreas del conocimiento afines a la del proyecto y/o de la Metodología de la Investigación, con un procedimiento propuesto y supervisado por la DGIP, en el que los evaluadores emitan evaluaciones parciales y las justifiquen de manera plena. La identidad de los evaluadores será considerada como información personal y la DGIP la mantendrá en sigilo, siempre con atención a las leyes aplicables.
  2. Aprobación, Modificaciones y Rechazo. Los proyectos que no cumplan, o que tengan titulares que no cumplan con los requisitos mencionados en esta convocatoria, serán rechazados y no serán sometidos a evaluación por pares. Los proyectos evaluados como aprobados o rechazados por más de un evaluador y que no consignen deficiencias esenciales de procedimiento o de justificación, serán dictaminados en el mismo sentido. Los proyectos con evaluaciones de aprobación y rechazo en iguales números, y que no consignen deficiencias esenciales de procedimiento o de justificación, se someterán a otra evaluación. Para los casos en que alguno o todos los evaluadores indiquen que los proyectos son viables técnica y/o financieramente y requieren para el efecto cambios menores, así se notificará al titular para que los realice en el periodo de tiempo que se señale y, si se realizan a satisfacción del evaluador, se procederá a su aprobación; si no se realizan los cambios o éstos son insuficientes y no se justifica expresamente esa situación por el titular, el proyecto será rechazado. Si una evaluación no se justifica o no se entiende la evaluación y/o su justificación, a criterio de la DGIP, será anulada y el proyecto se someterá a la evaluación de otro evaluador. Los dictámenes de la DGIP serán inapelables.
  3. FinanciamientoLa DGIP asignará a los proyectos que resulten aprobados bajo esta convocatoria, un monto financiero que estará en función de los siguientes criterios: calidad epistemológica del proyecto, relevancia del problema a atender por el proyecto y de la solución propuesta en éste, necesidades financieras del proyecto justificadas expresamente en el mismo, disponibilidad de presupuesto en la DGIP, y otras que resulten relevantes para el efecto.

V. ASUNTOS MISCELÁNEOS

  1. Gasto La ejecución financiera del proyecto no deberá realizarse después del 1 de diciembre del 2023.
  2. Monto Máximo a Autorizar. El monto máximo que se deberá solicitar a la UACh para el financiamiento de cada proyecto es de $250,000.00 (doscientos cincuenta mil pesos 0/100 m. n.), que debe contemplar gastos solamente de los capítulos 2000 y 3000.
  3. Resoluciones La DGIP conducirá y vigilará todos los procesos relacionados con los proyectos de esta convocatoria y podrá modificar sin previo aviso los términos de ésta y las fechas aquí contempladas por circunstancias de fuerza mayor, para lo cual bastará con la publicación de los cambios en la página de Internet de la DGIP. Las resoluciones de la DGIP sobre la aceptación o rechazo de los proyectos, y todos los aspectos relacionados con éstos y esta convocatoria, son y serán inapelable, y, en caso de situaciones conflictivas no previstas en esta convocatoria, la DGIP las resolverá en términos de ley, usando la lógica y/o la experiencia, en ese orden, pero siempre con protección de los objetivos de la UACh y de su patrimonio.
  4. No Multiplicidad de Financiamiento. Para la ejecución de los proyectos aprobados bajo esta convocatoria, el titular y/o los colaboradores no deberán usar recursos financieros obtenidos al amparo de otras convocatorias emitidas por la UACh, ni deberá usar los recursos obtenidos para un proyecto bajo esta convocatoria para financiar otros proyectos. Si se obtienen recursos externos para el mismo efecto, se deberá notificar a la DGIP y obtener la aprobación de ésta para usarlos después de que ésta analice y resuelva cada caso.

Chapingo, Estado de México, 29 de Junio del 2023.

“Enseñar la explotación de la tierra, no la del hombre”

Atentamente

Dra. Consuelo Silvia Olivia Lobato Calleros
Directora General de Investigación y Posgrado

Para Mayor Información comunicarse a:

Subdirección General de Investigación
Tel. 595 95 2 15 00 ext. 1559, 6087
correo-e: dgip.subdireccion@chapingo.mx